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Foto del escritorYennifer Marquez

Avanzando hacia una matronería y partería feminista

10 DE DICIEMBRE, DÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS

La partería podría ser considerada uno de los oficios más antiguos, la matronería profesional en Chile lleva casi 190 años. Desde sus inicios se ha caracterizado por

ser ejercida principalmente por mujeres, -cuestión que ha ido cambiando las últimas décadas con la incorporación de hombres en las carreras de obstetricia-, y acompañar

a mujeres en todo su ciclo vital.

El ser mujeres y acompañar mujeres ha sido un gran desafío en temas relacionados con derechos humanos, recordando la gran caza de brujas de siglos pasados que persiguió y mató a mujeres, entre ellas a varias parteras. Hoy el contexto es diferente, existe la figura de la matrona profesional, quien esta certificada y validada socialmente para acompañar a las mujeres en relación a temas de salud sexual y reproductiva y hace pocos días la Organización de Naciones Unidas (ONU) declaró la partería tradicional como patrimonio inmaterial de la humanidad.



Parteras tradicionales y matronas/es han convivido por décadas, en tanto la presencia de parteras tradicionales indígenas es fundamental en países donde se sostiene y protege a los pueblos originarios. Aún así, los Estados a través de sus políticas sanitarias han intentado “capacitar” o “adiestrar” a las parteras tradicionales para que puedan resolver y/o derivar complicaciones en la gestación, parto o puerperio y con ello disminuir la mortalidad maternofetal. No obstante, estas capacitaciones se dan bajo el modelo del paradigma biomédico, lo cual ha implicado que se pierda progresivamente ciertas prácticas de las parteras. Este mismo modelo de atención prima en las instituciones de salud y hacen que la labor de las matronas/es sea cada vez menos autónoma y facultativa, ya que son los médicos especialistas en obstetricia y ginecología, quienes en su gran mayoría toman las decisiones en lo que respecta a la salud de las mujeres, en temas relacionados con salud sexual y reproductiva.

Cabe también señalar que en cuestión de derechos humanos existe una evolución histórica, que luego de varias luchas, consideró los derechos de las mujeres con la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 por la ONU, siendo el primer impulso normativo para el reconocimiento internacional de los derechos humanos de las mujeres, señalando que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Luego de 30 años la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de

discriminación contra la Mujer, reconociendo que la discriminación contra las mujeres viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, dificultando la participación de la mujer en las mismas condiciones que el hombre y que ello entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de las mujeres la cual fue ratificada por el Estado de Chile en 1989.


En la Convención Interamericana en Belem do Pará (Brasil, 1994) se estipuló la importancia de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, señalando que la violencia contra la mujer es una violación de los derechos humanos, una ofensa a la dignidad de la persona y la definió como «cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado». Lo cual fue ratificada por Chile en 1998.


La ONU en 1994 y 1995 determinó la importancia de los derechos sexuales y reproductivos, estableciendo que las mujeres tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud. Esto incluye su bienestar emocional, social y físico; contribuyendo a determinar su salud, tanto respecto a los factores biológicos como el contexto social, político y económico en que viven, reconociendo que la pobreza, dependencia económica, violencia, actitudes negativas hacia las mujeres y niñas, discriminación racial (y otras formas de discriminación), control limitado que muchas mujeres ejercen sobre su vida sexual y reproductiva así como la falta de influencia en la adopción de decisiones, son realidades sociales que tienen efectos perjudiciales sobre su salud,

quedando establecido que la buena salud es indispensable para la emancipación de las mujeres, en especial, el control sobre su fecundidad. Los derechos reproductivos no son independientes del resto de derechos humanos, abarcan ciertos derechos fundamentales reconocidos tanto en las leyes nacionales, como en los documentos internacionales.


De esta manera para parteras y matronas/es ejercer en pro de los derechos fundamentales es una cuestión ética, sin embargo no son pocos los casos en que los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres son vulnerados. Basta con mencionar lo que ha ocurrido en situaciones de crisis como el “estallido social” en Chile, la pandemia de Covid-19, la guerra en Gaza, entre otros, en donde la vida sexual y reproductiva de las mujeres ha sido altamente vulnerada, desde la falta en

la prevención en salud, la falta de cuidados en los procesos y la violencia ejercida en momentos vulnerables como es el parto.


En otras situaciones más cotidianas y frecuentes, vemos día a día cómo se vulneran los derechos sexuales y reproductivos por falta de acceso al aborto seguro, sobremedicalización de procesos fisiológicos como es el gestar y parir, vivencias de violencia y falta de respeto en la atención ginecológica y obstétrica, entre otras. Acontecimientos que involucran de manera cercana a parteras y matronas, siendo algunas veces, víctimas y defensoras de estos derechos, pero en otras cómplices, -quizás sin desearlo-, de estas situaciones de vulneración, en donde no existen leyes

apropiadas que garanticen el cumplimiento de los derechos fundamentales en relación a los derechos sexuales y reproductivos.


Es por esto, que la labor de parteras y matronas va más allá del ámbito sanitario y de sólo basarse en tasas de morbimortalidad ya que involucra aspectos sociales y políticos que visibilicen la importancia de legislar en temas tan fundamentales para la vida de las mujeres y la sociedad como es la ley de aborto libre y seguro, la Ley Adriana que garantiza un trato respetuoso en el parto y la legislación sobre la autonomía de las mujeres para decidir cómo, dónde y con quien parir, entre otras situaciones que afectan a las mujeres y las personas.


Hoy más que nunca el mundo necesita matronas y parteras feministas, descolonizadas y situadas en sus territorios que defiendan los derechos humanos.



 

Referencias:


Laako, H. (2017). Mujeres situadas, Las parteras autónomas en México. San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México: El Colegio de la Frontera Sur.


Argüello-Avendaño, Hilda E., & Mateo-González, Ana. (2014). Parteras tradicionales y parto medicalizado, ¿un conflicto del pasado? Evolución del discurso de los organismos internacionales en los últimos veinte años. LiminaR, 12(2), 13-29. Recuperado en 24 de julio de 2023, de


Sánchez, G. (2019). Imagen instantánea de la partería. San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México: El Colegio de la Frontera Sur .


Sánchez,G., & Laako, H. (2018). Parterías de Latinoamérica. Diferentes territorios, mismas batallas. San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México: El Colegio de la Frontera Sur.


Rojas, M (2018). La violencia obstétrica como violación de los derechos humanos de las mujeres y su situación en Chile: el caso de Lorenza Cayuhán. Santiago de Chile: Revista Digital SOLONIK Políticas Públicas y Derechos Humanos. Ediciones Fundación Henry Dunant América Latina N°3, 45-61. Recuperado 08 diciembre 2023 de

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