¿Quién decide sobre la Placenta?
- Yennifer Marquez
- 18 jun
- 3 Min. de lectura

Derechos, normativas y prácticas culturales
La placenta, ese órgano que une dos vidas y ha sido tratada como residuo sanitario. Pero ¿qué ocurre cuando la madre desea conservarla? ¿Qué derechos tiene sobre ella? ¿Qué dice la legislación actual?
En esta entrada, exploramos el marco legal, sanitario, cultural y bioético que regula la entrega de la placenta en instituciones de salud, tanto en Chile como a nivel internacional, a partir del contenido de las clase de la Certificación en Medicina Placentaria
¿Desecho biológico o resto humano con sentido?
En muchos sistemas de salud, la placenta es clasificada como residuo patológico. Sin embargo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS, 1985), “las mujeres que dan a luz en una institución deben conservar su derecho a decidir sobre su vestimenta, alimentación, disposición de la placenta y otras prácticas culturalmente significativas” (WHO, Appropriate Technology for Birth, Lancet, 1985). Este derecho ha sido ignorado, mediado por protocolos hospitalarios, temor a riesgos sanitarios y ausencia de marcos jurídicos claros.
El caso chileno: avances en la entrega de la Placenta
En Chile, el Decreto Supremo N.º 6 (2009) considera la placenta un residuo patológico. No obstante, la Norma Técnica N.º 189 (MINSAL, 2017) permite su entrega a la mujer bajo ciertos criterios, siempre que sea para fines culturales, sin riesgo sanitario ni destino comercial.
Requisitos clave:
Solicitud voluntaria registrada en la ficha clínica.
Firma de compromiso para uso cultural no contaminante.
Exclusión si existen patologías infecciosas (VIH, VHB, VHC) o necesidad de análisis histopatológico.
Entrega segura en doble bolsa, refrigerada y registrada.

Más allá de la norma: tensiones éticas y culturales
Tal como expone Bustos (2021), la placenta es regulada desde una lógica sanitaria que excluye y patologiza los saberes y prácticas no biomédicas, negando la legitimidad de los conocimientos indígenas o comunitarios. Esto se traduce en prácticas hospitalarias que impiden el retiro de la placenta, incluso cuando existen normativas que lo permiten.
Por otro lado, estudios como los de Contreras & Berho (2022) documentan cómo la entrega de placenta se ha convertido en una práctica reivindicativa tanto para mujeres indígenas como no indígenas, resignificando su vínculo con el territorio, el cuerpo y la identidad.
Bioética, autonomía y nuevas posibilidades
El debate también toca dimensiones bioéticas. ¿Qué rol tiene el consentimiento informado? ¿Quién debe decidir sobre la placenta: la institución o la persona gestante?
Baergen et al. (2013) reflexionan sobre la experiencia de patólogos perinatales frente a estas demandas: “la falta de criterios claros genera tensiones entre el derecho de la madre y los requerimientos clínicos”.
El artículo de Contreras & Berho (2022) señala que “la placenta se inscribe en una arquitectura que articula cuerpo, identidad, temporalidad y territorio”. Es más que un tejido biológico: es puente entre generaciones, memoria, medicina y espiritualidad.
La entrega de placenta no es solo una práctica ancestral: hoy se sitúa en el corazón de luchas feministas, interculturales y de derechos humanos.
Conclusión
Incorporar un enfoque intercultural y de derechos humanos en salud implica validar las creencias, prácticas y saberes de las personas. La entrega de la placenta es parte de esa transformación: una oportunidad para que el sistema de salud escuche, respete y acompañe.
En Escuela Renacer Chile, promovemos una medicina placentaria consciente, legalmente informada, culturalmente respetuosa y clínicamente segura.
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Referencias bibliográficas
Bustos, B. (2021). La regulación de la placenta en Chile. Maguaré, 35(2), 127-160.
Contreras, R., & Berho, M. (2022). Placenta: móviles, usos y significaciones en el centro-sur de Chile. Salud Colectiva, 18:e4102.
Baergen, R. N., et al. (2013). Placental release or disposal? Pediatric and Developmental Pathology, 16(5), 327–330.
OMS (1985). Appropriate Technology for Birth. Lancet, 2, 436-437.
MINSAL (2017). Norma Técnica N.º189 para la entrega de placenta.
Ministerio de Salud de Chile (2009). Decreto N.º 6. Reglamento sobre manejo de residuos hospitalarios.
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